Habilitaciones comerciales: “Queremos guiar a los vecinos y facilitar los trámites”

Así lo manifestó la directora de Comercio de la Municipalidad de General Villegas, Mónica Santillán, al tiempo que recordó a la comunidad que toda actividad comercial requiere habilitación municipal sin excepción, tal como lo establece la normativa vigente.

Santillán señaló que “estamos al servicio de la comunidad, ese es nuestro trabajo. Queremos que se acerquen a la Dirección de Comercio para que nos consulten todas las dudas para solucionar juntos las dificultades que puedan surgir. Nuestra misión es guiarlos en todo el proceso y facilitar los trámites”.

Paso a paso para la habilitación

La habilitación comienza con la presentación de un pedido de prefactibilidad ante la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, que analiza si el rubro solicitado puede desarrollarse en la ubicación deseada, según la Ordenanza de uso del suelo.
Luego, los trámites continúan en la Oficina de Comercio, ubicada dentro del Palacio Municipal, donde se debe presentar la siguiente documentación:

  • DNI del titular
  • Constancia de inscripción en ARCA y ARBA
  • Suministro eléctrico
  • Título de propiedad, contrato de locación o comodato del inmueble
  • Plano de obra aprobado por el Municipio
  • En caso de sociedades: fotocopia del contrato social, estatuto o instrumento legal
  • Comprobante de pago de la tasa de habilitación y Derechos de Oficina

“Una vez iniciada la gestión, desde el área trabajamos para que cada vecino pueda avanzar de forma ordenada y segura con su emprendimiento”, explicó la funcionaria.

Requisitos específicos según el tipo de actividad

Además, hay exigencias puntuales para determinados rubros:

  • Manipulación de alimentos: carnet vigente obligatorio.
  • Talleres y comercios: deben contar con el libro exigido por la Ley Nº 13.081, rubricado por Policía.
  • Elaboración de agua: análisis físico-químico y bacteriológico, y certificado de la Autoridad del Agua.
  • Venta de bebidas alcohólicas: licencia REBA obligatoria. El horario permitido para la venta es de 10 a 21 h.
  • Incorporación de rubros: los comercios deben gestionar el anexo correspondiente si suman nuevas actividades.
  • Locales con shows en vivo: se exige informe anti siniestro de Bomberos de Pehuajó e informe de sonoridad realizado por profesional competente.
  • Actividades bailables y eventos nocturnos: deben inscribirse en el Registro de Actividades Nocturnas (RAN).

Normativas y contacto

Estas disposiciones se encuadran en el cumplimiento de las Leyes Provinciales N.º 11.748, 14.050 y 13.178, las Ordenanzas Municipales N.º 5760/2016 y 6538/2024, y el Decreto N.º 1190/2009.

Consultas y atención al público:
Dirección de Comercio – Palacio Municipal
🕐 Lunes a viernes, de 7 a 13 hs
📧 comercioeinspeccion@gmail.com
📞 3388 525012

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