Aplicación de fitosanitarios en zonas periurbanas 

La Secretaría de Producción, Promoción y Medio Ambiente de la Municipalidad de General Villegas informa, que de acuerdo a la ordenanza 6124/2020, las explotaciones agrícolas ubicadas en zonas de amortiguamiento, deben contar obligatoriamente con la receta agronómica correspondiente realizada por un Ingeniero Agrónomo matriculado, la supervisión de un Fiscalizador Fitosanitario y bajo estrictos requisitos de Buenas Prácticas Ambientales. 

La documentación debe ser enviada por correo electrónico a 

 recetasagronomicasgv@gmail.com , con 24 horas de anticipación, adjuntando: 

  • Receta agronómica de la aplicación 
  • Constancia de registro provincial de la máquina pulverizadora y nombre del operario aplicador 
  • Comunicar quién será el fiscalizador de la aplicación 


Procedimiento ante denuncias: 
Por incumplimiento a la presente Ordenanza, las denuncias deberán ser realizadas a través de una nota escrita dirigida a la Secretaría de Medio Ambiente de la Municipalidad de General Villegas, describiendo la situación. 

Sanciones: 
La transgresión de los artículos de la norma, hará pasible solidariamente mediante multas, al titular del predio, aplicador o productor (causante del perjuicio ambiental de la franja de amortiguamiento en la que se desarrolle la actividad) de las sanciones que prevén las leyes nacionales, provinciales y el Código de Faltas Municipal. 

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